Por un fallo judicial La Boca pierde un gran Parque Público

Este fallo tiene que ver con la controvertida venta de los terrenos de Casa Amarilla en el barrio de La Boca.

Recien el 5 de mayo de 2016 en una reunión del Consejo Consultivo Vecinal se tomó real dimensión de este negociado donde están implicados la dirigencia del club Boca Juniors y el propio presidente Macri.

En esa reunion ocurrieron hechos gravísimos que afectaron la Democracia Participativa y la participación ciudadana en las Comunas. En el marco de la reunión del Consejo Consultivo de la Comuna N° 4 un grupo de personas agredieron física y verbalmente a integrantes del Consejo y de organizaciones sociales del Barrio de la Boca. Resultaron heridos de gravedad  Matías Scínica de la agrupación Boca es Pueblo que sufrió un corte a la altura de la garganta, y Fernando Abal Medina que a raíz de múltiples golpes sufrio una hemorragia interna en la cabeza.

Estos hechos ocurrieron al momento que se discutía sobre la venta de los terrenos conocidos como «Casa Amarilla» ubicados en el Barrio de la Boca al Club Atlético Boca Juniors. Desde hace años organizaciones del Barrio de la Boca se oponen a la venta de estos terrenos, principalmente las organizaciones que conforma «la Boca Resiste y Propone». El Consejo Consultivo Comunal N° 4 en la primera reunión auto convocada de ese año ya había expresado su voluntad contraria a esta venta y a los proyectos del referido Club.

Los terrenos de Casa Amarilla fueron comprados en el año 1981 al Estado Nacional para mitigar el déficit habitacional en el Barrio de la Boca. El 11 de abril de 2005 comienza la inscripción para el Programa habitacional «Casa Amarilla». En un principio se deciden hacer 1.231 viviendas, pero el programa inexplicablemente, quedó paralizado.

En el marco de una acción judicial presentada por la Asociación Civil Casa Amarilla, el GCBA llegó a un acuerdo con dicha Asociación. La cantidad de viviendas a construir bajó de 1.231 a 438 viviendas, liberando de esta forma varias manzanas. A cambio el GCBA otorgó a la Asociación la facultad de designar a las familias pre adjudicatarias.

Las manzanas liberadas del Programa Casa Amarilla, fueron transferidas al Poder Ejecutivo en el año 2010 por el Instituto de la Vivienda (IVC) propietario de las tierras. Mediante el decreto N° 723/2010, el Poder Ejecutivo transfirió a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. estas tierras.

Estos predios de Casa Amarilla fueron codiciados por el Club Boca Juniors desde el año 2008 para construir allí un nuevo Estadio-Shopping. Como encontraron fuerte oposición para que el GCBA le venda las tierras para construir el nuevo Estadio, decidieron fragmentar la estrategia. Estos son los hechos que ocurrieron en aquellos años:

  • – El Sr. Oscar Moscariello (Vicepresidente de Boca y diputado de la Ciudad por el Pro, presentó el Proyecto de Ley N° 2462-D-2014 para rezonificar estos terrenos a «Distrito de Zonificación E4 56 -Estadio y Complejo Deportivo del Club Atlético Boca Juniors». Este proyecto se encuentra en discusión en la Legislatura.
  • – Respecto a la compra de las tierras, la Corporación Buenos Aires Sur S.E. llamó a Licitación Pública[1] para la venta de estas tierras a raíz de una iniciativa privada del Club Atlético Boca Jurniors. La Licitación fue camuflada  para que allí se desarrolle una propuesta que implica la construcción de bibliotecas, club sociales y culturales, salones de juegos, gimnasio. En ningún momento se habla de construir allí un Estadio, pero es lo que el presidente del Club, Sr. Angelici sigue promocionando. El 25 de febrero de 2016, la licitación pública que implica la venta de estos terrenos fue adjudicada el 25 de febrero de 2016 al Club Boca Juniors. por el valor de 180 millones de pesos.

Esta venta era ilegal e inconstitucional por varios razones:

  • – El Art. 82 inc. 4 de la Constitución de la Ciudad establece que la Legislatura aprueba transacciones, dispone la  desafectación del dominio  público y la  disposición  de  bienes inmuebles de  la  Ciudad. Es decir, no se puede vender tierra pública de la Ciudad sin aprobación de la Legislatura. La venta al Club Boca Juniors ni siquiera fue tratada en la Legislatura.
  • – El Art. 6 de la Ley No 1.251, faculta al Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires (IVC) a transferir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aquellos bienes inmuebles que resulten necesarios para el desarrollo de la función pública (educacionales, de seguridad, o de salud). La ley N° 1.251 sólo autoriza que el IVC transfiera la propiedad de sus inmuebles al GCBA para cumplir fines educacionales, de seguridad o de salud. La ley valora que estos fines son los únicos de tal jerarquía para desafectar inmuebles destinados a garantizar el derecho a la vivienda adecuada de los habitantes de la Ciudad. El GCBA está destinando estos predios para que un privado desarrolle un plan integral orientado a cuestiones deportivas y comerciales. Cambiar el destino habitacional de estos predios no está cumpliendo con las condiciones que establece la ley N° 1.251.
  • – Los predios de Casa Amarilla también se encuentran en el marco de la ley N° 2.240 que declara la Emergencia Urbanística y Ambiental del Barrio de la Boca. Esta ley no se cumplió en absoluto y se descapitaliza la Ciudad de sus inmuebles necesarios para cumplir con esta ley.

Además de estas ilegalidades, organizaciones internas del Club Boca Juniors también cuestionan la voluntad del Club de construir un nuevo estadio porque va en contra de la identidad del Club y del Barrio y por el peligro de endeudar el Club y de esa forma crear las condiciones para que Sociedades Anónimas se transformen en las propietarias de los clubes, una idea reiterada del Presidente Mauricio Macri acompañado por el Sr. Angelici, presidente del Club.

Por estas razones, se presentó una acción de amparo en el Fuero Contencioso Administrativo de la Ciudad para que se declare la ilegalidad de esta venta. La acción se tramitò en los autos caratulados “QUINTO NATALIA GIMENA y otros CONTRA CORPORACION BUENOS AIRES SUR S E SOBRE AMPARO”, Expte. N° A4-2016/0, en el juzgado N° 24 a cargo del Dr. Darío Reynoso

Sin embargo, la Corporación Buenos Aires S.E. siguio reticente a enviar el expediente administrativo al Juzgado. Por esta razón el día de ayer, 4 de mayo, el Juez de la causa impuso una multa de $100 por día de demora a la Corporación y a su titular Sra. Karina Spalla, bajo apercibimiento de subir dicha multa a $10.000 pesos de continuar la reticencia.

El fallo de la Justicia no ve estas ilegalidades:

Abogados y vecinos habían denunciado la inconstitucionalidad y la ilegalidad de la venta de los terrenos conocidos como «Casa Amarilla» al Club Boca Juniors por 180 millones de pesos por parte del Gobierno de la Ciudad (acuerdo Macri-Larreta-ngelici) y la intención de construir allí un estadio shopping.

Luego de cuatro sentencias que reconocieron la inconstitucionalidad de la venta de los predios de Casa Amarillala Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad (con el voto de mayoría del Dr. Esteban Centanaro y de la Dra. Mariana Díaz) revocó la sentencia de la Jueza Cabezas Cescato, y resolvió declarar legal el traspaso de estos predios al Club Boca Juniors sin que exista ley aprobada por la Legislatura de la Ciudad que así lo disponga.

La sentencia fue dictada el 27 de diciembre, el penúltimo día antes de la feria judicial, en los autos caratulados “QUINTO NATALIA GIMENA y otros CONTRA CORPORACION BUENOS AIRES SUR S E SOBRE AMPARO”, Expte. N° A4-2016/0.

  1. Esta venta es una gran fraude económico para la Ciudad. El Club Boca Juniors pagará los 180 millones de pesos de la siguiente forma: 9 millones al inicio; 3 años de gracia, y 41 cuotas en 13 años de aproximadamente $ 4.200.000 pesos.
  2. Además, implica que el Barrio de la Boca pierde un gran Parque Pública de 3 hatal como había sido ordenado por la Ley N° 2.240 de Emergencia Ambiental y Urbanística del Barrio de la Boca que se encuentra incumplida en su totalidad hace más de 10 años, mientras que en la boca se suceden en forma cotidiana incendios y desalojos. La comuna 4 está lejos de los estándares internacionales de cantidad de espacios verdes por habitante, sólo tiene 4 m2 cuando lo mínimo es de 10 m2 a 15 m2.
  3. Por último, esta sentencia otorga a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. la facultad inconstitucional de vender tierras de la ciudad,ubicadas de la Av. San Juan hacia el sur, en forma indiscriminada, sin control democrático y sin necesidad que haya una ley de la legislatura que lo apruebe. Es la legalización de una inmobiliaria de tierras públicas dedicada a privatizar los inmuebles de todos, algo rechazado por la propia legislatura cuando aprobó la ley de creación de la Corporación Buenos Aires Sur S.E. y cuando volvió a reeditar la discusión con la Agencia de Bienes.

La Constitución lo prohíbe, la Legislatura impidió aprobar organismos que vendan indiscriminadamente tierras pero los jueces de la Sala II aprobaron este negocio de Angelici-Macri-Larreta.

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