Las letras pequeñas del contrato de “wifi gratis” de la ciudad, son una caja de sorpresa

Para el uso de Internet gratis en el subte de Buenos Aires es necesario firmar un contrato para acceder a la señal  donde se solicitan datos como: modelo de equipo, dirección IP, datos sobre su ubicación física geolocalizada, también nombre, apellido, tipo y número de documento y/o CUIT y/o CUIL, género, dirección de mail, nacionalidad, contraseña, confirmación de contraseña, preguntas secretas, teléfonos, dirección y código postal, pero el verdadero problema está en  la letra chica que casi nadie lee antes de firmar.

Al firmar el contrato, se habilita que el usuario presta “su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus datos e imágenes (foto y voz) por los medios publicitarios y de comunicación” que la empresa “SBASE y/o el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires disponga, sin restricciones”.

Valeria Milanés, directora de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) Digital, aseguró a medios periodísticos que la mayoría de la gente no los lee la letra chica de los contratos que firma y en este caso, son contratos de adhesión con terminología muy compleja, que no especifica para qué se van a usar los datos, durante cuánto tiempo y representa un abuso legal, por ejemplo, con la firma, “SBASE podrá establecer nuevas condiciones y/o modificaciones a cualquiera de las cláusulas contenidas en los presentes términos y condiciones y las políticas de privacidad sin necesidad de contar con la autorización del USUARIO”.

Además, la falta de conciencia de cómo entregamos nuestros datos es peligrosa teniendo en cuenta que, en el caso del wifi del subte,  los datos no terminan en una empresa privada sino en el Estado, que puede cruzar datos de todo tipo: “¿es realmente necesario saber el CUIT de una persona, para proveerle conexión a internet?”.

Abuso total

En el contrato figura que si al usuario le roban el celular y hacen alguna trastada, es responsable de las consecuencias, cualquiera que fueran: “El USUARIO responde por el uso correcto de la conexión, obligándose a evitar realizar cualquier tipo de acción que pueda dañar sistemas, equipos; servicios accesibles o sitios web, directa o indirectamente a través del Servicio y de acuerdo con las normas contenidas en el presente documento”.

Traducido en términos legales: “atribución de responsabilidad objetiva”. Independientemente de quién haya usado el aparato, (si le robaron el celular o usaron sus datos) el titular deberá pagar las consecuencias.

Para el Derecho, esto va en contra de uno de los llamados “Principios de Manila” que dice que para ser responsable de algo en internet debe haber una prueba concreta de que hiciste el daño, más allá de que seas el dueño de esa IP o de ese teléfono.

En Derecho, la atribución de responsabilidad es subjetiva: si existiese, el daño penal que generó haber usado mal el celular recaerá sobre la persona que lo uso (independientemente de quién sea el dueño).

El contrato indica genéricamente que “Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE) hará todo lo posible por garantizar la confidencialidad de la información personal solicitada”. ¿No deberían comprometerse a garantizar la preservación de los datos?

Conclusión: Si un delincuente accediera a una base de datos en la que contara con el nombre y el apellido de la persona, el teléfono que usa, su recorrido diario y las estaciones de subte que utiliza, más datos sobre consumo, bien podría planificar una serie de secuestros.

¿Para qué tentar al destino si se supone que el interés primordial de usar wifi en el subte es que todos estemos más conectados en una ciudad más segura?

Antes de firmar algo, mejor leer la letra chica, sobre todo, antes de aceptar usar el wifi del subte.

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