Se presento una acción de amparo contra la Legislatura por el Nuevo Código de Edificación en la ciudad

El presidente de Fundación Rumbos, Eduardo Joly, inició una ACCIÓN DE AMPARO COLECTIVO CONTRA LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para que se declare la inconstitucionalidad del Código De Edificación (ley N° 6100) porque no se respetó el proceso de participación ciudadana. Además, en la acción se impugnan puntualmente los artículos que lesionan el derecho a la accesibilidad de las personas con discapacidad.

Al respecto manifestó: “Después de 16 años de contar con un Código de Edificación que apuntaba a la inclusión de las personas con discapacidad, la Legislatura Porteña dio marcha atrás, afectando derechos adquiridos, sancionando una ley abiertamente discriminatoria. Además, desestimó el rol protagónico que le asigna la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad a sus organizaciones representativas en la redacción de las normativas que les incumben y en asegurar su cumplimiento. Por ello, he decidido acudir a los tribunales para que la justicia garantice que en nuestra ciudad las normas sean letra viva”.

Dicha demanda se sustenta en la violación de derechos fundamentales como: a) derecho de participación ciudadana y el debido proceso, que incluye el derecho a ser oído y recibir una respuesta del Estado fundada en Derecho; b) derecho a la igualdad de oportunidades y de trato y no discriminación que se configura por la denegación de accesibilidad.

Discriminación que impide a las personas con discapacidad el goce y ejercicio en igualdad de condiciones con las demás personas de los derechos a la vivienda, a la educación, a la salud, a la autonomía, al trabajo, al esparcimiento y a la vida digna; c) garantía de que los derechos fundamentales sean reglamentados por una ley formal, es decir emanada de la Legislatura, y d) principio de no regresividad, garantía del carácter irreversible de los Derechos Humanos, que se ve transgredido con la aprobación y entrada en vigor de normas que derogan derechos reconocidos en la Ley local 962 sobre accesibilidad.

La presentación de esta acción pone en manos de los órganos jurisdiccionales la decisión de todos los planteos por los que viene reclamando la Fundación desde hace 2 años ante la Legislatura porteña, respecto a cuestiones esenciales para el colectivo de personas con discapacidad como los sanitarios, las veredas, los ascensores y las viviendas.

De este modo, la inconstitucionalidad de este código se refleja en que admite violaciones a la accesibilidad que impactan fuertemente en otros derechos como el trabajo, la educación, la vida autónoma y la libre circulación.  Lo ejemplifican artículos donde:

1) Se permite que ciertos locales de concurrencia de público no cuenten con sanitarios accesibles (sin los cuales es imposible la permanencia prolongada);

2)  No se incluye cambiador para adultos en los sanitarios para personas con discapacidad en todo predio donde se permanezca o trabaje, elemento imprescindible para preadolescentes, adolescentes, jóvenes y adultos con discapacidad que requieren de asistencia en aquellas acciones íntimas de higiene;

3) Se reducen las dimensiones mínimas de las viviendas, tornándolas inaccesibles, para satisfacer intereses de desarrolladores a expensas de necesidades habitacionales reales,

4) Se deriva a reglamentación técnica especificaciones de accesibilidad sobre las circulaciones peatonales (veredas y vados) y ascensores, que debieran estar en el cuerpo de la ley (EXP J-01-00035897-1/2019-0 – JUZGADO DE 1RA INSTANCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO Nº 4 – SECRETARÍA N°7).

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