Reflexiones sobre la flamante Ley de Agricultura Familiar

Por Equipo de Políticas Públicas

Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria-CaLiSA
(Facultad de Agronomía Univ. de Buenos Aires)

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En diciembre de 2014 el Parlamento Nacional aprobó la Ley de “Reparación Histórica de la Agricultura Familiar Para la Construcción de Una Nueva Ruralidad en Argentina” (conocida como la Ley de Agricultura Familiar). Es un importante avance en la consideración de la problemática de la mayor parte de los productores agrarios del país, aunque no cuestiona ni condiciona la evolución de actual modelo hegemónico.

Reflexionar sobre sus objetivos, desafíos y condicionantes como política pública constituye una necesidad que debe ser contemplada teniendo en cuenta el proceso que la genera y hace posible su aprobación y también el contexto nacional en que se trata el tema y en el que se debe implementar.

Estos aspectos no pueden dejar de lado interrogantes referidos a la posibilidad de implementación en el corto plazo, que incluyen: una rápida Reglamentación capaz de definir los múltiples aspectos considerados; el inicio de su ejecución que requiere adhesión e incluso cambios en la legislación de algunas provincias,en un año de urgencias electorales.

La falta de presupuesto asignado en la norma queda supeditado al monto y oportunidad en que el Poder Ejecutivo transfiera los recursos públicamente comprometidos de 1.500 millones de pesos y a la capacidad de gestión de las estructuras responsables de la ejecución de la ley, la recientemente creada Secretaría de Agricultura Familiar del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.

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A quienes abarca la ley

La “Ley de Agricultura Familiar”(LAF) es el resultado de un prolongado proceso de debate en las bases agrarias, que a principios de 2014 envían una ley consensuada por distintos sectores al Parlamento, que la aprueba en diciembre de 2014.
La norma en su Art. 1° declara “…de interés pública la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena, por su contribución a la seguridad y soberanía alimentaria del pueblo, por practicar y promover sistemas de vida y de producción que preservan la biodiversidad y procesos sostenibles de transformación productiva” .

En una visión “dualista”, compleja, pero resulta operativa al momento de debatir políticas diferenciales en el sector agropecuario.

La “agricultura familiar” reúne a un heterogéneo conjunto de unidades de producción que se basan en el trabajo del productor y su familia y otras condiciones que la Ley define en contraposición a “empresas”, “agricultura empresarial”, “patronal” o “agronegocios”, organizadas con objetivo de lucro y predominancia de mano de obra asalariada.

Son los “Pequeños Productores, Minifundistas, Campesinos, Chacareros, Colonos, Medieros, Pescadores Artesanales, Productor Familiar”, aunque la Ley incluye también a los campesinos y productores rurales sin tierra, los productores periurbanos y a aquellos integrantes de los pueblos originarios cuyas características se asimilan a los de la definición de AF.

Según sus objetivos, la Ley procura revertir una situación que se viene dando históricamente, valorizando y potenciando las capacidades de la AF para contribuir al desarrollo de estas familias, sus comunidades y el conjunto de la sociedad nacional, aportando a su seguridad y soberanía alimentaria y preservando los recursos naturales.

Reconociendo la contribución de la AF al mantenimiento y generación de empleo, esta forma de organización del espacio rural y del manejo de los recursos se asocia también a una necesidad relevante de la sociedad nacional, por lo que se procura no sólo detener el éxodo rural-urbano que caracterizó el “crecimiento con exclusión” del sector agropecuario argentino en las últimas décadas, sino asentar a los integrantes de la AF que no tengan tierra suficiente y también a las familias urbanas que deseen participar en la producción primaria.

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Las preguntas necesarias

¿Cuáles son los principales aportes que efectúa la LAF? ¿Qué posibilidades posee la agricultura familiar de lograr sus objetivos? ¿Es posible lograrlo sin reformas de carácter estructural y al margen de un planeamiento a largo plazo? ¿De qué factores dependería ello? ¿Qué consecuencias podría provocar el logro de los mismos en el sector de la AF y en todo el sector agropecuario nacional?

¿Cuáles en el actual modelo de crecimiento agrario? ¿Serían éstos suficiente para asegurar del desarrollo ambiental, económico, social, cultural, político y éticamente sustentable del sector agropecuario/agroindustrial y del país?
A fin de dar respuesta a estas preguntas resulta imperioso comprender las características actuales de la Agricultura familiar en Argentina y reflexionar acerca de los antecedentes que hoy permiten contar con esta ley y el contexto en que la misma surge, aspectos que trataremos en próximas notas.

Atentos a la magnitud de las demandas y también las urgencias –e incluso conflictos- que continuamente se plantean desde los territorios rurales y la pequeña producción agraria, el análisis toma en cuenta los condicionantes que deberán enfrentarse para su inmediata ejecución –signada por las urgencias dadas por el escenario electoral del 2015- y en el mediano plazo, donde será esencial que la misma se transforme en una “política de Estado” para lo que resulta básico incrementar el consenso social, única forma de garantizar su financiamiento y la continuidad de las acciones a través del tiempo.

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Antecedentes y contexto

El análisis de los antecedentes (¿de dónde venimos?) que posee este marco legal referido a estas formas de producción, permitiría contextualizar la situación al momento de su tratamiento y aprobación. Para ello consideramos necesario tomar en cuenta tres niveles interrelacionados: el Internacional; el regional o del Mercosur y -más detalladamente- el nacional y un período de tiempo que nos sitúe en el inicio de la “Revolución Verde”, es decir cincuenta años atrás, aunque es necesario detenerse más en las dos últimas décadas.

En relación a Argentina y a la AF, responder a la pregunta ¿dónde estamos? requiere contemplar los cambios experimentados particularmente en el conocimiento y caracterización de la AF a través de los estudios e investigaciones, en la institucionalidad de la problemática y en la organización de los actores.

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Contribuciones

A partir de la promulgación de la Ley, la Agricultura Familiar estará más presente en las políticas públicas nacionales, en algunos casos como organismos o instancias formales que la misma prevé y en otras, como lineamientos que deberían irse precisando a través de la Reglamentación y ejecutando gradualmente. Las contribuciones se sintetizan en los siguientes puntos:

Creación de organismos o instancias formales

-Crea en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el Consejo Nacional de Políticas Públicas para la AF, integrado por los Ministros del PEN; al momento ya se concretó la primera reunión del mismo.

-El Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca, instrumentará un programa específico y permanente para el relevamiento, análisis…de las tierras para la Agricultura Familiar Campesina e Indígena. A tal fin constituirán la “Comisión Nacional Permanente de Regularización Dominial de la Tierra Rural”.

Crea además: 1) El Banco Nacional de Tierras, ”con el objetivo de contar con tierras aptas y disponibles para el desarrollo de emprendimientos productivos contemplados en la ley”.
2) El “Centro de Producción de Semillas Nativas” (COPROSENA) con la colaboración del INASE-Instituto Nacional de Semillas, a fin de garantizar la seguridad y soberanía alimentaria; el objetivo es registrar, producir y abastecerse semillas nativas y criollas.

Decisiones de inmediata aplicación

Cancela por tres años toda ejecución de sentencia y actos procesales de hecho que tengan por objetivo el desalojo de agricultores familiares, que al momento de la entrada en vigencia de la Ley se encuentran en condiciones de usucapir las tierras rurales que poseen.

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Orientaciones

Esta norma hace visible la heterogeneidad y diversidad del sector agropecuario argentino, con “varios campos” coexistentes, incluso en forma conflictiva- señalando también la diversidad existente en la propia AF (productores de autoconsumo, marginales y de subsistencia y otros con distinto tipo de ingresos, nivel de capitalización y participación de trabajo asalariado, incluso permanente), que debe ser atendida con políticas diferenciadas.

-Vincula la AF con la sostenibilidad medioambiental, social y económica, la seguridad y la soberanía alimentaria y reconoce como sujetos de la presente Ley a los diversos tipos de agricultores y a otros actores. Define si desarrollo rural como “…el proceso de transformaciones y organización del territorio, a través de políticas públicas con la participación de las comunidades rurales y la interacción con el conjunto de la sociedad”.

-Los integrantes de la familia y en muchos casos las comunidades, son los sujetos que se desean atender y promover, para terminar con la exclusión, reconociendo a la vez su potencialidad y capacidad de contribuir al desarrollo local y nacional.

-Incorpora la problemática del empleo como base del desarrollo y considera el trabajo agrario como una posibilidad para aprovechar los abundantes recursos naturales disponibles; tanto los habitantes rurales y trabajadores del agro, como los habitantes de áreas periurbanas, son potenciales sujetos de los planes de adjudicación de tierras.

-Vincula directamente a la AF con la soberanía alimentaria de la población de Argentina.
La articulación con los productores y grupos de consumidores se considera como una estrategia necesaria, lo mismo que la compra directa por los organismos del Estado de alimentos, productos e insumos .

-Reconoce que las áreas rurales contribuyen a la sociedad más allá de la producción que puedan generar para el autoconsumo y los mercados; son múltiples y diversos los “servicios ambientales” que las mismas proveen que deben ser valorados y compensados económicamente.

-Señala la integralidad del problema de la AF, ya que su situación actual y posibilidad de desarrollo está ligada no sólo a algunos aspectos técnico-productivos, sino también al mejoramiento de sus condiciones de vida (vivienda, agua potable, saneamiento, energía, transporte, educación, comunicación, salud, etc.) y con el control creciente de la cadena de comercialización de sus productos, el agregado de valor a los mismos, etc.

-Considera en diversos aspectos la distribución y tenencia de la tierra, así como el manejo adecuado del suelo; es menos atendida la problemática del agua, recurso estratégico cada vez más crítico. Se declara a la tierra como un bien social.

-Promueve las “prácticas agroecológicas” como aspecto central que hace al desarrollo sustentable de la AF, así como su participación en todos los eslabones de la cadena agroalimentaria/agroindustrial.

-Reclama la planificación de investigaciones, experimentación y extensión coordinada por el Estado así como la educación masiva de la población en diversos temas vinculados con lo rural, la alimentación y la nutrición.

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¿Cuántos son los agricultores familiares?

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Todas las referencias existentes a escala nacional se basan en estudios a partir del Censo Nacional Agropecuario de 2002, origen de todos los datos que se toman como referencia.
Los mismos en general no son analizados críticamente, situación que se agrava por los importantes cambios ocurridos en todos los territorios en los 12 años transcurridos.
Según el Censo 2002:

-hay 218.868 Explotaciones Agropecuarias-EAP (65,6 % del total nacional) que ocupaban el 13,5 % de la superficie total en explotación agropecuaria, lo que equivale a 23,5 millones de ha; el análisis permite distinguir tres “Tipos” distintos de pequeños productores que no tienen mano de obra asalariada permanente; si le sumáramos los que al trabajo familiar le suman hasta 3 trabajadores permanentes, el número total subiría un 17 %.

-el número de Trabajadores Permanentes que participan en las explotaciones de pequeños productores se encuentra integrado por 324.086 “Productores/as” a los que acompañan 434.561 personas más: de ellas, 204.457 son “Familiares del Productor” y 229.690 “No Familiares del Productor”. En base a estos datos se calcula que el 53 % del total del empleo permanente en el sector agropecuario (equivalente a 428 mil puestos de trabajo) se debe a estos pequeños productores y sus familias;

-la presencia de pequeños productores es predominante en el Norte del país y en la Mesopotamia. Son gran mayoría (no menos del 70 %) en relación al total que cultivan tabaco, yerba mate, algodón, caña de azúcar y algunas hortalizas;

-su participación en el Valor de la Producción a nivel nacional, varía entre el 15,3 % y el 19,2 %, de acuerdo a los distintos criterios de cálculo utilizado.

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Existen distintas miradas hacia la ley
¿Vaso medio lleno o medio vacío?

Vaso Medio Lleno

Con la llegada de Néstor Kirchner en 2003 –y después de más de 50 años- el sector mayoritario de productores del país fue colocado como objetivo de la política nacional. “Varios hitos fueron señal de esto y a consecuencia de ellos los productores familiares recobraron visibilidad y voz, a saber:
creación del “Foro de la Agricultura Familiar”, de la “Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar de la Nación”, reacomodamiento del INTA en relación a esta nueva ruralidad, promulgación de la “Ley de Reconocimiento Histórico de la Agricultura Familiar”, todo esto acompañado por crecientes inversiones financieras, aún escasas, y visualización nacional”.
(“Mesa Provincial de Organizaciones de Productores de la Provincia de Bs. Aires”)

Vaso medio vacío

Los pequeños productores fueron discriminados por las políticas de las últimas décadas y los gobiernos que se sucedieron, hasta el presente. Las consecuencias fueron su marginación, el empobrecimiento y la emigración; las dos terceras partes de ellos no pueden vivir de lo que producen.
Los proyectos con los que se atendió su problemática fueron insuficientes y discrecionales.
Mientras, siguió avanzando el modelo depredador del ambiente y concentrador de la producción, la tierra, los insumos y la tecnología en el medio rural y en la industrialización, comercialización interna y exportación, con presencia cada vez mayor de capitales transnacionales. Que esta Ley haya sido aprobada por unanimidad en el Senado “no cambia nada”.
(Analistas críticos, organizaciones sociales y políticas varias)
Por Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria-CaLiSA

(Facultad de Agronomía Univ. de Buenos Aires)
Para el periódico El Adán de Buenosayres

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