Novedades en la Legislatura porteña

Mayores sanciones a quienes dañen monumentos públicos

lavado trenAprobaron la modificación del Código Contravencional (Ley 1492), mediante la integración del artículo 80 bis. La iniciativa del diputado Oscar Moscariello (PRO), propone sanciones con 1 a 15 días de trabajos de utilidad pública o doscientos $200 a $ 3.000 de multa para quien manche o ensucie por cualquier medio bienes de propiedad pública o privada.
La sanción se eleva al doble cuando la acción se realiza desde un vehículo motorizado o cuando se efectúa sobre estatuas, monumentos, templos religiosos, establecimientos educativos y hospitalarios, edificios o lugares públicos, estaciones y vagones de subterráneos o de trenes. En caso de que se trate de bienes de propiedad privada, la acción es dependiente de instancia privada, excepto en el caso de templos religiosos.
El legislador fundamenta que “a las pintadas que sufrió hace algunos meses y sufre nuestra Legislatura, se suma la de otros edificios y lugares públicos.
A las clásicas leyendas de campaña política, se suman también la modalidad del graffiti como expresión urbana, los que afectan con mayor frecuencia a edificios o lugares públicos, estaciones y vagones de subterráneos y/o trenes.
Hoy, más del 70 % de todas las formaciones de las seis líneas de subterráneos y el Premetro, como también de las líneas de trenes, están cubiertas con símbolos, dibujos, formas, letras y en algunas ni siquiera puede verse a través de las ventanillas”.
Destaca también que “repintar los vagones de subterráneos cuesta entre $ 35.000 y $ 40.000 cada uno de ellos.
Debido a lo oneroso que resulta la limpieza total de estos vagones, en la actualidad lo único que se realiza es mantener despejadas las ventanas del maquinista y el número de identificación de las formaciones, ya que es necesario ver la numeración por cuestiones operativas”.

Aumentan sanciones a quienes conduzcan sin licencia

licencia-unificadaSe aprobó un proyecto de Ley que plantea el incremento de la sanción a quien conduzca sin poseer licencia. Se incorporaría al Código de Faltas una multa de 400 unidades fijas -UF, unidad que equivale al valor de medio litro de nafta super. Además, se agregará esta sanción y se suma a la ya existente para el caso en el que quien maneje se haya olvidado de llevar la licencia, al que se lo deberá sancionar con una multa de 50 UF. La iniciativa corresponde a los diputados Christian Bauab, Héctor Huici, Daniel Presti y Francisco Quintana (PRO).

Beneficio escolar a hijos de víctimas de violencia doméstica

Mediante a una modificación al art. 16 bis de la Ley Nº 1688 – que establece la prioridad de vacantes – se pretende asegurar por ley reincorporar a estos niños en Jardines Maternales, en los Niveles Inicial, Primario y Medio de gestión estatal -dependientes del Ministerio de Educación- y en los Centros de Primera Infancia que dependen del Ministerio de Desarrollo Social. El dictamen emitido por la Comisión de Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud al que adhirió la de Educación Ciencia y Tecnología se elaboró sobre un proyecto de la diputada Virginia González Gass (PSA).

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