Por María Eva Koutsovitis @EKoutsovitis. LA JUSTICIA FEDERAL DE LA PLATA LE DIO CURSO A LA ACCIÓN DE AMPARO interpuesta contra la Prefectura Naval Argentina que por Directiva de la Ministra de Seguridad de la Nación autorizó mediante la disposición 296/2025 de dicha fuerza federal, el ingreso de embarcaciones con mayores profundidades de calado con vistas al proceso licitatorio en ciernes sobre la Vía Navegable Troncal de los ríos de La Plata, Paraná y Paraguay que proyecta mayores profundidades de dragado (hasta 44 pies).
Tal decisión fue adoptada sin una Declaración de Impacto Ambiental previa en el marco de un procedimiento administrativo que debe incluir la consulta y participación pública de la sociedad civil, por tratarse de una medida regresiva que reduce las medidas de seguridad vigentes sobre la distancia que debe haber por debajo de la quilla (base de las embarcaciones) hasta el lecho de los ríos.
Todo ello a los fines de aumentar los volúmenes de carga pero sin medir los riesgos de varaduras y daños irreparables sobre la biodiversidad de los ríos, que a su vez, son fuente de agua dulce de la población.
Por ello, en el marco del Día Mundial del Agua – 22 de Marzo de 2026, El Movimiento por el Agua, Observatorio del Derecho a la Ciudad, Movimiento la Ciudad Somos quienes la Habitamos y Naturaleza de Derechos, con el acompañamiento de organizaciones y asambleas de los distintos territorios, hemos llevado adelante varias acciones judiciales, que incluyó la declaración de nulidad e inconstitucionalidad de la Disposición 296/2024 de la Prefectura Naval Argentina.
Dicha Fuerza Federal junto al Ministerio de Seguridad de la Nación tienen 5 días para dar explicaciones en el marco del proceso en la Justicia Federal de La Plata, a la denuncia sobre la regresión ambiental que imprime a tal disposición y sobre la cual se solicita su nulidad.
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