Por Redacción iJudicial
La justicia porteña intimó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y al Instituto de la Vivienda a que cumplan con la medida cautelar dictada a fines de febrero, en la cual se ordenó que se rehabilite el servicio de ascensores en el Nudo 4 del complejo habitacional de Villa Soldati, se realicen las obras indispensables para evitar futuros siniestros e incendios, y se limpien los tanques a fin de garantizar la potabilidad del agua, entre otras acciones. De acuerdo a lo resuelto, por cada día de retraso en el cumplimiento de lo dispuesto se impondrá una multa de 2 mil pesos al Presidente del IVC.
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La titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 7 de la Ciudad de Buenos Aires, Lidia Lago, resolvió intimar al Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC) y al Gobierno Porteño (GCBA) a cumplir “en el plazo de 10 días” con la medida cautelar, dictada el 27 de febrero del corriente año en la cual ordenó una serie de acciones relativas a garantizas la seguridad y condiciones de habitabilidad de las personas que habitan el Nudo 4 del Complejo Soldati.
En la resolución, la jueza Lago advirtió “un claro comportamiento elusivo por parte de la demandada (Gobierno de la Ciudad) con relación a la manda cautelar efectuada en autos no sólo respecto a la elaboración del informe general sobre el Nudo 4 requerido a fin de tener un cabal estado de situación […] sino que directamente desconoce las circunstancias que motivaron su dictado”.
“La orden cautelar expedida comprendía tanto actividades de compleja y costosa instrumentación como pueden ser las relativas al funcionamiento de los ascensores o la regularización del suministro de gas, como otras obras necesarias para evitar futuros siniestros y aventar la posibilidad de electrocución, incendio, derrumbe o desprendimientos de mampostería o garantizar la potabilidad del servicio de agua”.
La intimación y la medida cautelar se enmarcan en una acción de amparo impulsada por un grupo de vecinos del Complejo Soldati representados por la Defensa Oficial, a fin que se garantice el cumplimiento de la Ley 623 (que declara la emergencia edilicia y ambiental en el Complejo), y se tutele los derechos a la vida y la salud, a la seguridad, a la vivienda digna, a la protección de quienes viven en el barrio ante el mal estado general de los edificios que lo componen, y particularmente el Nudo 4 –compuesto por 6 edificios con 141 unidades funcionales en total-.
Ante la solicitud efectuada por la Asesoría Tutelar, la jueza Lidia Lago ordenó al GCBA y al IVC que “realicen un relevamiento de los inmuebles correspondientes al Nudo 4 del Complejo Soldati que tengan entre sus integrantes personas menores de edad o afectadas en su salud mental, identificándolos por su nombre y apellido, fecha de nacimiento, grupo familiar al que pertenece y unidad funcional y edificio al que pertenece“.
La medida cautelar dictada y que debe ser cumplida bajo apercibimiento de imponer multa, ordena que las demandadas “realicen las obras indispensables que surgen del informe de la Superintendencia Federal de Bomberos” -consistentes en completar el sistema de agua contra incendios dotándolo de las respectivas llaves, mangas y lanzas, dotar al edificio de extintores portátiles suspendidos a una altura entre 1,20 a 1,50 metros del solado y contar con sus correspondientes chapas balizas, distribuidos en pasillos y palieres de cada piso a razón de 1 cada 200 mt2 de superficie cubierta, incorporar luminarias de emergencia alimentadas mediante una fuente independiente de la red, e instalar señalizaciones de salida de emergencias”.
Ante una solicitud de aclaratoria con relación al suministro de agua potable, la jueza Lago dictó una resolución el 1 de marzo disponiendo “que las demandadas garanticen la potabilidad del agua que se provee al Nudo 4 del Complejo Habitacional Villa Soldati, llevando adelante en su caso las medidas conducentes para ello, asegurando la higiene y la limpieza de los tanques de agua”.
Cooordina y mantiene relación con referencja a las cuentas con el
departamento de créditos.
En estos tipos de cocnas predominan los artículos y las estructuras de madera y
de piedra nagural y los muebles de cocina evocan otra época y a las cocinas
de las casas rurales.