El gobierno privatizo de hecho una plaza y un paseo público en el Parque 3 de Febrero

Por Asociación Amigos del Lago de Palermo

En la ciudad la ocupación del espacio público por bares y otros negocios es algo muy común en los últimos tiempos, tanto como vender a precio vil, terrenos y edificios públicos para negocios inmobiliarios de los amigos del poder. En este caso, comentamos una situación realmente inaceptable: se privatizaron de hecho, una plaza pública y un paseo público hecho en homenaje a una niña asesinada en ese lugar. Se trata de la Plaza Andrés Guacurari Artigas y el Paseo Marcela Brenda Iglesias.

Desde hace tiempo y muchas denuncias mediante, el GCBA de Horacio Rodríguez Larreta -bajo responsabilidad directa de la Ministro de Espacio Público María Clara Muzio- ha concretado una operación de «sustitución de identidad» entre el «Paseo Marcela Brenda Iglesias» y la adyacente «Plaza Comandante Andrés Guacurari Artigas»: el espacio verde público de la Plaza luce carteles con el nombre del Paseo. Y sobre el Paseo, nada.

Agravando esta situación, tanto el Paseo como la Plaza han desaparecido literalmente bajo las mesas, sillas e instalaciones varias (muchas fijas) de los bares, restaurantes y boliches bailables ubicados bajo el viaducto ferroviario que, de esa forma, duplican o triplican su superficie a costa del espacio público, en un caso del Paseo y en otro, del espacio verde. La situación de ocupación ilegal del Paseo con estructuras fijas se repite del otro lado del viaducto ferroviario, sobre el sector adyacente a la Plaza de la Shoá.

Todo esto sucede en una zona que, para el Código Urbanístico es Área de Protección Histórica «APH2 Parque 3 de Febrero» y «Urbanización Parque», donde no se pueden habilitar actividades comerciales de ningún tipo. A esto hay que agregar que la OM N° 46.229 prohíbe expresamente la entrega de concesiones en espacios verdes, o sea, que jamás podrían ser legalizadas ninguna de las actividades que se desarrollan por fuera de los bajo viaductos ferroviarios.

Recordemos que Marcela Brenda Iglesias fue la niña de 6 años muerta en ese lugar en 1996 por responsabilidad de uno de los locales del entonces complejo clandestino Paseo de la Infanta y de la entonces Municipalidad de Ciudad y que jamás obtuvo justicia. Las veredas junto a los arcos del viaducto y el arco central del bajo viaducto fueron declaradas «Paseo Marcela Brenda Iglesias» en 2007 por Ley CABA N° 2366.

El jacarandá plantado en su memoria, a cuyo pie todavía conserva la placa de bronce colocada en 1997 por Amigos del Lago de Palermo, hoy luce rodeado de mesas y sillas junto a un estentóreo cartel luminoso de un local en total infracción y con un cartel publicitario colgado de sus ramas

Recordemos también que Andrés Guacurari Artigas fue el hijo adoptivo del héroe de la Banda Oriental -hoy RO del Uruguay- José Gervasio Artigas y combatiente, junto con su milicia guaraní, contra los portugueses que acechaban nuestra Provincia de Misiones. Fue comandante General de Misiones (equivalente a Gobernador) entre 1815 y 1819. Defendió las fronteras del asedio constante de las tropas luso-brasileñas y de la ocupación paraguaya. El nombre de «Comandante Andrés Guacurari Artigas» le fue impuesto a esta plaza integrante del Parque 3 de Febrero por Ordenanza Municipal N° 43.381.

Sabemos que hay numerosas denuncias por estas ocupaciones ilegales y por los ruidos molestos que se realizan desde varios de estos locales. Vaya una más, donde agregamos la «sustitución de identidad» entre la Plaza y el Paseo hecho que, además de las irregularidades descriptas, denota una falta de conocimiento grave en cuanto a su área de trabajo por parte de los/as funcionarios/as responsables.

Ley N° 2366 (2007) Artículo 1°.- Denomínase «Paseo Marcela Brenda Iglesias» a las veredas y terrazas paralelas a los arcos del viaducto ferroviario que atraviesa la plaza Andrés Guacurari Artigas integrante del Parque 3 de Febrero, entre las Avenidas Del Libertador, Infanta Isabel y calle Coronel Marcelino Freyre. Artículo 2°.- Forman parte del paseo al que se refiere el artículo 1° los senderos de acceso que ambos lados del viaducto y el arco N° 7 contando desde Av. Del Libertador que comunica ambos sectores del paseo.

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