La impunidad y el saqueo minero en Argentina

Informe de Agencia Biodiversidad

Juana Rosalinda Flores y Manuel Horacio Casas, pobladores  de la comunidad de Vis Vis en el departamento catamarqueño de Andalgalá, perdieron todo.

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Primero se empezó a morir el ganado y el cultivo, luego la salud de sus nietas comenzó a deteriorarse, allí empezaron a sospechar de la explotación del oro.

Sin nada, dejaron el hogar que había albergado a muchas generaciones de su sangre para buscar otros rumbos. Ahora están desempleados en la ciudad de Andalgala, una localidad vecina de 15000 habitantes. Luego de asesorarse, Juana y Manuel radicaron en la justicia federal una querella criminal contra el directorio de la Minera Bajo La Alumbrera, por la contaminación del río y del daño irreversible de su ecosistema.

La denuncia indica que con la construcción de las instalaciones para la mina Bajo de la Alumbrera, comenzadas en 1995, se interrumpió la precaria vía comercial que tenían Juana y Manuel con el Departamento de Belén para comerciar sus productos; que se arruinaron. Campos donde se producían cultivos para la venta y para consumo propio; se enfermó el ganado y afecto la salud de los pobladores, al contaminarse el agua del río Vis Vis, de la que se abastecían.

El saqueo

Bajo de la Alumbrera  extrae 600.000 onzas de oro y 180.000 toneladas de cobre por año. La mina comenzó a funcionar en 1997 y está entre los yacimientos más importantes del mundo. Su controlante, Minera Alumbrera Limitada, es de capitales suizos y canadienses.

Para los demandantes, desde el dique de colas del yacimiento se filtraron químicos que tomaron contacto con el agua del río Vis Vis y la contaminaron.

Un dique de colas es una gran pileta que recibe todos los desechos que en forma de barro se tiran desde la mina, con un 30 o un 40 por ciento de agua.

El dique de colas está construido en el nacimiento del río, sobre una falla geológica y carece de impermeabilización. La impermeabilización le costaba a la empresa unos 80 millones de dólares.

La tesis de postgrado del ex Inspector de Calidad Ambiental Minera de Catamarca (entre 1998 y 1999), Héctor Oscar Nieva, presentada ante la Escuela de Minas de Nancy, en Francia, en octubre de 2002 sostenía que el aumento en el nivel de sulfato registrado en las aguas del río Vis Vis entre julio y septiembre de 2001, tuvo correspondencia temporal y espacial con el comienzo de las actividades de Bajo de la Alumbrera.

 De un valor medio de 450 miligramos de sulfato por litro de agua, se pasó a un nivel de 826, muy por encima del límite de tolerancia que fija la Organización Mundial de la Salud.

Luego de la denuncia, la compañía instaló un sistema de retrobombeo que consiste en alrededor de 15 perforaciones que captan las filtraciones desde las profundidades del suelo y las reenvían al dique.

Esta tarea bajo el nivel de sulfato del agua del río,  pero las rocas que en forma de barro se arrojan al dique cotidianamente, al estar a la intemperie, generan ácido sulfúrico, capaz de solubilizar metales pesados.

El dique filtra su contenido a la cuenca del Vis Vis, y esto, de continuar sería catastrófico.  El día que la empresa se vaya, el drenaje ácido va a empezar a producirse con mayor violencia.

La empresa dice que cuando cesen los laboreos mineros, el lugar será cubierto con material inerte de la zona y se procederá a una revegetación con especies autóctonas: «Es falso que hay contaminación y no la habrá  en el futuro».

En Andalgala,  se formò hace años,  una agrupación de vecinos autoconvocados para enfrentar las consecuencias de la explotación minera en el medio ambiente y las autoridades políticas del municipio presentaron  un proyecto de ley para trabar las iniciativas mineras en la región.

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El proyecto Navidad

El titular de cualquier periódico diría a modo de gran noticia: “Estiman extraer en Chubut 339.000.000 onzas de plata  y 1.294.700 toneladas de plomo. El  valor total del yacimiento es de tres mil quinientos millones de dólares”.

Si la noticia quedara solo en el contenido del  titular, se mentiría descaradamente a toda la población.

La meseta central de Chubut alberga uno de los yacimientos de plata y plomo más grandes del mundo, conocido como Navidad. Su valor de acuerdo a la cotización  en el mercado internacional, alcanza los cuatro mil millones de dólares.

Dos compañías mineras canadienses, IMA Explorations y Aquiline Resources se disputan la propiedad del proyecto y se verán las caras en la Corte de Canadá para pelear por la propiedad de esa porción de tierras de la Patagonia.

En las páginas del catastro minero de Chubut existen un millar de registros y están comprometidos campos, montañas, lagos, ríos, bosques, animales y las actividades económicas de las comunidades.

Sobre el área total de esta provincia (22.000.000 millones de hectáreas) el territorio contenido en el catastro minero es el 9% de la superficie provincial. La porción de superficie chubutense que ocupan los yacimientos de oro es de 1.824.483 has. (8,3% de Chubut).

El oligopolio minero formado por el grupo Meridian Gold-Patagonia Gold acumula el 20% de la superficie minera de oro (446.789,58 has.) y son titulares del cinturón de yacimientos localizados desde el oeste de Esquel hasta Cholila y el este de Trevelin.

Patagonia Gold  actualmente está explorando oro en un yacimiento a 30 km. de Gobernador Costa amenazando la cuenca del río Senguerr  y con ello a la provisión de agua de todas las localidades hasta la propia Comodoro Rivadavia.

 Lo que nos espera

El que sigue es un detalle de las consecuencias de la minería metalífera a cielo abierto, entre ella la del oro y  por qué está prohibida en numerosos países:

* Consume diariamente enormes volúmenes de agua de ríos y napas restando este recurso al consumo humano y a las actividades productivas

* Daña los cursos de agua dulce superficiales y subterráneos convirtiendo las aguas de las napas en mil veces mas ácidas que una batería.

* Utilizan diariamente toneladas de cianuro y otros tóxicos,

* Arrojan 79 toneladas de desechos tóxicos por cada 28 gramos de oro, y son responsables del 93% de la emisión mundial de arsénico.

* Emplea solo el 0,09% de la fuerza laboral en el mundo,

* Consume el 10 % de la energía del planeta entre combustibles y electricidad,

* Deja enormes cráteres, La minería metalífera es una de las más destructivas del mundo,

* Arruina las actividades productivas sustentables del campo y la ciudad.

* Destruye el hábitat de las comunidades indígenas que tienen menores posibilidades de resistir el despojo

* El estado nacional y provincial les pagan a las mineras y les quitan impuestos para que se lleven el recurso al exterior.

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Una parte del mapa del saqueo minero

En el sur, a pesar de la oposición de las poblaciones locales a la explotación de recursos mineros que destruyen el hábitat, varias localidades están rodeadas por cinturones de yacimientos, cateos y minas que abarcan a Esquel, Cholila, Epuyen, El Hoyo, El Maiten, Tecka y Trevelin.

Otras situaciones equivalentes suceden con José de San Martín, Gobernador Costa, Río Pico, Corcovado, Senguerr, Paso de Indios, Gastre, y Telsen. Otro tanto ocurre con la cantidad de yacimientos linderos con áreas protegidas provinciales y los parques nacionales Lago Puelo y Los Alerces.

Los yacimientos coinciden con las nacientes y las cuencas de los ríos más importantes de la provincia: el río Senguerr, el río Chubut, el río Futaleufú o Grande y el río Carrenleufú o Corcovado.

Del punto anterior se llega a la conclusión que será afectada el agua de decenas de localidades y con ello la mayoría de la población de la provincia, entre ellas las de Trelew, Rawson, Sarmiento y Comodoro Rivadavia.  Casi la totalidad de los yacimientos de oro y otros metales en el sur, se ubican sobre la cordillera y en la meseta chubutense.

  Los números ajenos.

La onza (28 gramos) vale u$s 440 y los costos totales para extraer esa cantidad es en promedio de u$s 100. Las ganancias rondan el 300%. La cantidad de oro (información sobre reserva y otros minerales), la tienen solo   las empresas mineras extranjeras.

2.000.000 de hectáreas ocupan los yacimientos de oro que pueden provocar enormes impactos ambientales, económicos y sociales negativos.

El sector minero viene desde hace varios años presionando y negociando con el gobierno de Chubut y legisladores para obtener  la anulación o modificando la ley 5001 (prohíbe las minas a cielo abierto)  que les permitiría explotar yacimientos de oro y el uso de tóxicos.

La zonificación que quieren las mineras que haga el gobierno chubutense significaría la entrega de gran parte del territorio a favor de las mineras y la condena a más pobreza y la ruina económica a amplias regiones de la provincia y sus habitantes.

Esto ya sucedió en algunas provincias del norte. Se trata de una actividad extractiva, por lo tanto el recurso se agota en un período de 10 a 20 años de explotación.

Fuentes del sector minero manifestaron a la prensa que Chubut constituye un -área de alta expectativa porque contiene uno de los más grandes depósitos de oro del mundo. (El Pregón Minero Nº 1.175).

 Ganancias siderales

El total de los principales proyectos mineros de oro en el país dejan ganancias irracionales a los capitales extranjeros:

25 millones de Onzas de Oro. Valor de la Onza U$S: 425.Valor total: U$S 10.625.000.000.

 Los principales proyectos y minas de la Argentina son (hasta ahora):

Veladero,  San Juan 13 millones de Onzas, Cerro Vanguardia,  Santa Cruz 4 millones de Onzas, Cordón Esquel, Chubut 3 millones de Onzas, Alumbrera, Catamarca 2 millones de Onzas, Agua Rica, Catamarca 800 mil Onzas, Diablillos, Salta 600 mil Onzas, Calcatreu,

Rió Negro 600 mil Onzas, Casposo, San Juan 470 mil Onzas, Haulilan, San Juan 440 mil Onzas, Huevos Verdes, Santa Cruz, 130 mil Onzas y sigue la lista de emprendimientos que arruinaran los ecosistemas y los sistemas productivos locales.

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Les quitaron las retenciones

Las enormes ventajas de las mineras

La actividad minera goza de beneficios que ninguna otra actividad recibe de parte del estado nacional y de los estados provinciales, ahora magnificadas por la eliminación de las retenciones. Las enumeramos:

1- Doble Deducción de Gastos de Exploración (Ley Nº24.196) – Pueden deducir el 100% del monto invertido en determinar la factibilidad de un proyecto del calculo del  Impuesto a las Ganancias (prospección, exploración, estudios especiales, planta pilotos, investigación). Y además lo  deducen de la ley de Impuestos a las Ganancias.

2- Devolución del IVA a la Exploración (Ley Nº 25.429) – Devolución de créditos fiscales de IVA (a los 12 meses)

3- Estabilidad Fiscal y Cambiaria  (Ley Nº 24.196) – Estabilidad fiscal por 30 años. Las mineras no podrán ver afectada su carga tributaria o arancelaria, disminuir sus beneficios, ni ver modificado su régimen cambiario.

En el aspecto fiscal incluye los impuestos que gravan los intereses de préstamos en el exterior, pero quedan fuera el IVA  y los reintegros a las exportaciones. Respecto al régimen cambiario se excluye  la paridad cambiaria. En otros países estos beneficios no son gratis.

4- Amortización Acelerada (ley Nº 24.196) – Maquinaria, construcciones, vehículos e infraestructura se amortizan en 3 años. Puede trasladar el quebranto de una amortización acelerada al próximo ejercicio  fiscal, cuando no pueda ser utilizado en un 100%. El quebranto puede ser trasladado indefinidamente hasta que la empresa genere ganancias que permitan utilizarlo.

5-  Exenciones de Aranceles y Tasas Aduaneras ( Ley Inv. Mineras -Resolución 112/2000) – No pagan derechos de importación o de todo otro gravamen, derecho o tasa de estadística por la importación de bienes de capital, equipos o insumos.

6- Deducción por Gastos de Conservación de Medio Ambiente (Ley Inv. Mineras) – Estos gastos son deducibles hasta un 5% del monto total de los gastos de extracción y procesamiento.

7- Exención de Ganancias (Ley Inv. Mineras) – Están exentas las utilidades derivadas del aporte de minas y derechos mineros para capitalizar  sociedades

8- Regalías  (Ley de Inv. Mineras- Ley 25.161- artículo 22bis) – El tope fijado en el país es del 3%. En Chubut es del 2% del valor de bocamina del mineral extraído.

9- Exención del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (Ley de Inv. Mineras)

10 – Capitalización de los Avalúos de Reservas Mineras  – El avalúo de reservas mineras, podrá ser capitalizado hasta en un 50%. Esto no incide en el impuesto a las ganancias, sólo mejora la situación patrimonial para acceder a créditos. (Ley de Inv. Mineras)

11 – Devolución Anticipada y Financiamiento de IVA – Devolución o financiamiento en  importación o compra de bienes e inversiones de infraestructura. – Devolución del IVA dentro de 60 días. Los créditos fiscales de IVA pueden ser canjeados por un préstamo bancario del mismo monto. El estado se hace cargo de los intereses hasta un 12 % anual. Y el crédito puede ser a 2, 4 o 6 años.

12 – Exención de Contribución sobre la Propiedad Minera – Léase: Propiedad Minera = productos, establecimiento, maquinaria, vehículos, etc. –   Esto alcanza a todo impuesto o gravamen, presente o futuro, nacional, provincial o municipal –  (Quedan excluidas: el canon minero, tasas de retribución de servicios e impuestos a los sellos por actuaciones judiciales).

13 – Gravámenes Provinciales y Municipales: En el acuerdo Federal Minero (Ley 24.228) Los estados Nacional y Provinciales acordaron eliminar todo gravamen y tasa municipal e impuesto a los sellos (exención a los Ingresos Brutos, sellos, etc)

14 – Reembolsos por Puerto Patagónico  – Se establece un reembolso a las exportaciones realizadas por Comodoro Rivadavia del 5% (aumenta cuando más austral es la ubicación geográfica del puerto). (Ley 23.018 y su modificatoria Ley 24.490)

15 – Exención de Retenciones a las Exportaciones (otras actividades aportan entre un 10% y un 20%)

16 – Exención  del Impuesto al Cheque (decreto Nº613/2001) Para el resto de las actividades la tasa es del 6 por mil.

17 – Deducción del 100% del Impuesto a los Combustibles Líquidos (el que todos pagamos cuando cargamos nafta)

18 – Transferencia al exterior de capital y Ganancias en cualquier momento y sin pagar cargas o impuestos sobre dichas transferencias.

19 – No deben liquidar divisas. Están autorizados a no ingresar al país el 100% de lo producido por sus exportaciones.

Viendo todas estas ventajas, la eliminación de las retenciones es un medida que golpea el sentido común, totalmente injustificadas. Lo más lamentable que el presidente no haya hablado de las consecuencias terribles que implica esta actividad para el ambiente y las poblaciones locales.

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