Millonaria multa por falta de accesos para discapacitados en el subte

Según consignó el portal I-Judicial, el titular del juzgado 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Roberto Andrés Gallardo, resolvió declarar incumplida la medida cautelar dispuesta por la Cámara de Apelaciones e imponer a la empresa una multa equivalente a una sanción unitaria de 100 mil pesos por cada medio de accesibilidad de funcionamiento irregular o nulo, además de una nueva sanción de igual monto por cada uno de los mecanismos de accesibilidad cuyas irregularidades persistiesen en el término de 15 días. En tanto, otorgó a Metrovías un plazo de tres días para que practique el descargo que estime pertinente.

La resolución se dio en el marco de la causa “F., G. D. y otros contra GCBA y otros sobre otros Procesos Incidentales – Amparo – Usuarios y consumidores”. El magistrado indicó que “luego de casi dos años de iniciado el trámite del presente amparo, de más de seis meses de dictada la medida cautelar que dispuso una serie de medidas destinadas a garantizar a las personas con discapacidad motriz las condiciones de accesibilidad a la red de transporte público de subterráneos de la ciudad, y de más de cuarenta días desde que fuera notificada la resolución de Cámara que modificó el alcance de la manda precautoria, el incumplimiento por parte de los demandados de dicha manda judicial es palmario y de extrema gravedad”.

“Ello por cuanto, a más de la violación de las obligaciones legales y de la orden judicial impartida, la actitud de la codemandada condena a las personas con discapacidad motriz a la casi total exclusión de la posibilidad de utilizar la red de transporte subterráneo de la Ciudad de Buenos Aires”, precisó Gallardo.

De acuerdo a la información reunida en las actas de constatación, “más del quince por ciento de los medios de accesibilidad (ascensores y escaleras mecánicas) existentes se encuentra fuera de servicio, sin que la empresa Metrovías S.A. haya invocado alguna causa que razonablemente justifique tal situación”.

“A nadie escapa que los ascensores y escaleras mecánicas existentes en un medio de transporte de uso masivo como es el subterráneo, están expuestos, por la propia dinámica de su funcionamiento, a sufrir fallas y desperfectos con relativa frecuencia. Pero para eso, las empresas que tienen a su cargo la prestación del servicio se encuentran obligadas a implementar mecanismos de mantenimiento preventivo continuo y a contraturno del uso de los trenes por parte del público”, añadió el juez.

Destacó también que “todas las actuaciones llevan a concluir en la inexistencia de un esquema de mantenimiento eficaz que garantice el normal y regular funcionamiento de los medios de acceso a las estaciones del subterráneo”; y que “la empresa Metrovías S.A., a pesar de estar notificada de la resolución de la Cámara de Apelaciones hace más de un mes no ha acreditado en modo alguno que los desperfectos e irregularidades detectadas en los medios de acceso obedezcan a razón de fuerza mayor”.

La empresa Metrovías fue notificada ayer de la inspección realizada la semana pasada. Su equipo de Asuntos Legales está analizando el fallo y se presentaría en sede judicial -en un plazo de tres días hábiles desde la notificación- para realizar su descargo, apuntando a que muchas de las escaleras mecánicas que no funcionan dependen de obras que no realiza la compañía y otras están aún en garantía por parte de las empresas de mantenimiento.

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