La Legislatura aprobó distintas normas

La Legislatura aprobó normas para cumplir con la Ley de Basura Cero

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó este jueves la incorporación de la figura “Higiene Urbana” al Código de Planeamiento Urbano y el Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires, a fin de dar cumplimiento a la Ley “Basura Cero” -Ley Nº 1854-.
La iniciativa de los diputados Cristian Ritondo y Karina Spalla (PRO), tuvo aprobación inicial, luego fue debatida en audiencia pública y despachada por las comisiones de Planeamiento Urbano y de Obras y Servicios Públicos para su sanción aprobación definitiva en la sesión de hoy por 46 votos afirmativos y 12 abstenciones.
La ley incorpora de los procesos de gestión del RSU, como así también la regulación de la actividad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires bajo la figura “HIGIENE URBANA” dentro del Código de Planeamiento Urbano y el Código de Edificación.
“Son 15 predios distribuidos en distintos puntos de la Ciudad los que permitirán la instalación de la infraestructura necesaria para el tratamiento de la basura. El Expediente 2377, aprobado en segunda lectura, propone la creación de la figura “Higiene Urbana” dentro del Código de Planeamiento Urbano y el Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires. En algunos casos se está regularizando situaciones existentes de bases operativas como la de Parque de 3 de febrero o la de Varela”, señaló el diputado Cristian Ritondo.
“Esta iniciativa aporta a la Ciudad una herramienta fundamental para seguir avanzando en resolver el tema de la BASURA”, indicó por su parte Karina Spalla, quien agregó que la normativa sancionada “se complementa con las diversas políticas de separación y recolección diferenciada que la Ciudad viene implementando en los últimos años y apunta a permitir un uso extensivo del territorio disponible”
La aprobación de esta ley va a permitir al Gobierno de la Ciudad, aumentar la inversión en infraestructura para la gestión integral de residuos y así seguir avanzando en el cumplimiento de los objetivos y metas en la legislación local, nacional e internacional.
Asimismo tanto Ritondo como Spalla coincidieron que “nadie puede estar ajeno de la responsabilidad que tenemos en brindar soluciones para mejorar la calidad de vida de los vecinos. Con esta iniciativa abrimos el camino correcto para dejar atrás una política de desigualdad, basada en la lógica en que los distritos de mayores recursos volcaban sus residuos crudos en distritos de menores recursos, como es el caso del CEAMSE. De esta manera, la basura deje de ser un problema y se la entienda como un nuevo insumo para la actividad industrial.
Además, fue sancionada por 34 votos afirmativos, 25 negativos, la Ley que propone desafectar el uso y utilidad pública con destino Autopista Costera establecido por Ordenanza Nº 21227/66, un proyecto de autoría del diputado Cristian Ritondo (PRO) que obtuvo aprobación inicial el 5 de diciembre pasado, cumpliendo luego con la Audiencia Pública.
La sanción establece que los titulares de dominio quedan obligados a la construcción de una sede universitaria en el perímetro delimitado por la Ley 2972 como Distrito Tecnológico, en un plazo de 48 meses contados desde la promulgación de la norma.

También fue aprobado el despacho Nº 0177/14 emitido por la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria postula desafectar del dominio público de la ciudad de Buenos Aires el inmueble de Carlos Pellegrini Nº 313/317/321/323.
Propiciado por el Jefe de Gobierno Mauricio Macri, el asunto tuvo aprobación inicial y fue debatido en audiencia pública. Un despacho de Minoría propone el archivo. Tuvo una votación de 45 votos positivos, 8 negativos y 3 abstenciones.
La Legislatura sancionó además una ley que al Poder Ejecutivo a celebrar contratos e instrumentar las obras necesarias para la construcción, instalación, puesta en funcionamiento, operación y mantenimiento de una planta de tratamiento integral y de recuperación de residuos sólidos urbanos por el método de separación mecánico biológica, por un plazo de diez (10) años, prorrogable por diez (10) años más, en forma automática a su vencimiento, sin necesidad de ratificación por las partes. La iniciativa es de los diputados Cristian Ritondo y Karina Spalla (PRO) y Alejandro Amor (MC FpV)

Deberá cuidarse el agua y la energía en baños públicos
Sesión Ordinaria
Se aprobó la ley de segunda lectura que establece la obligatoriedad de incorporar mecanismos y artefactos que tiendan a un uso racional del agua y la energía en locales o edificios públicos, comerciales e industriales. En tanto, se estableció el poder de policía en los cementerios de la Ciudad de Buenos Aires y se votó la desafectación del inmueble situado en Carlos Pellegrini 313-323.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dio aprobación definitiva a una ley que establece la obligatoriedad de incorporar mecanismos y artefactos que tiendan a un uso racional del agua y la energía en los baños públicos.
“Los servicios sanitarios públicos son un compilado de todo lo que no debe hacerse para evitar los derroches: sistemas de iluminación encendidos sin que haya usuarios, las griferías de volantes con pérdidas permanentes “per se” o por mal uso, y los depósitos de mingitorios automáticos por desborde que derrochan agua potable, aún sin que los artefactos se utilicen”, expresaron los fundamentos del proyecto.
La iniciativa de los diputados Karina Spalla y Helio Rebot (PRO) además propone soluciones simples, de muy bajo impacto económico y con un altísimo grado de ahorro de recursos que redundará en beneficio para toda la sociedad. “Los baños públicos deberán contar con la cartelería de indicación de uso para informarle al usuario de un correcto empleo de los depósitos sanitarios para evitar el derroche de agua”, remarcó la coautora.
El control automático del sistema lumínico, de griferías, de lavabos y mingitorios y la incorporación de mecanismos de descarga controlada en inodoros son algunas de las disposiciones que establece la ley para que se cumplan con los servicios mínimos de salubridad en los locales o edificios públicos, comerciales e industriales. Los establecimientos existentes que cuenten con estos servicios deberán adecuarse a la nueva normativa en un plazo máximo de 48 meses de sancionada. La ley forma parte de una tarea de cuidado de medio ambiente a través de acciones cotidianas que involucren a toda la sociedad y que conduzcan a la toma de conciencia y al cambio de conductas. La votación en general resultó de 47 votos positivos y la única abstención fue del diputado Marcelo Ramal (FIT).

Establecieron el poder de policía de la ciudad en cementerios
Mediante una ley se estableció el poder de policía de la Ciudad de Buenos Aires en materia mortuoria, en lo que respecta a la inhumación y cremación de cadáveres, así como en el ordenamiento de los servicios funerarios a cargo de empresas que operan en el rubro, y el control del funcionamiento de los velatorios. Además, se introducen modificaciones al régimen jurídico actual en virtud de la constante evolución que experimenta la sociedad en general y el Estado local en particular, con la finalidad de agilizar la gestión de los trámites que deben realizar los vecinos.
El expediente 788-2013 propiciado por el Jefe de Gobierno, Mauricio Macri, entre los principales puntos plantea redefinir y adecuar la facultad para transferir los derechos sobre nichos, sepulturas y bóvedas, bajo determinadas circunstancias y mediante la expresa voluntad del arrendatario o concesionario. Por otra parte, modifica los plazos para el arrendamiento de nichos y sepulturas con el objeto de adaptar la normativa a las presentes necesidades de la sociedad y la disponibilidad de los cementerios. También se creó un registro de concesiones y arrendamientos para el debido resguardo de los datos correspondientes a las concesiones de bóvedas y panteones y el arrendamiento de nichos y sepulturas.
La Ley, que cuenta con 143 artículos y una cláusula transitoria, introduce un capítulo referido a los monumentos históricos para los cuales se fijan pautas de resguardo y la consideración de sus cualidades edilicias o constructivas con la intervención de la Comisión de Preservación del Patrimonio Histórico y Cultural del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, se instauró un régimen de ordenamiento de las actividades culturales y turísticas en los cementerios con la prevención de un fondo de garantía turística destinado al mantenimiento y conservación del patrimonio arquitectónico, histórico y cultural.
En los fundamentos se señaló que la propuesta tiende a garantizar la dignidad en el trato y respeto del difunto y los deudos, resguarda la oportunidad de entierro digno para todos los habitantes de la Ciudad, asegura el respeto por la diversidad de cultos, religiones, las costumbres y creencias, promueve el mantenimiento de la Higiene Ambiental, realza el valor patrimonial y cultural de las Necrópolis del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e incentiva y propende a mejorar la calidad en las prestaciones de los servicios funerarios públicos y privados.
La norma con texto consensuado se aprobó en general con 58 votos positivos y por separado se votó el artículo 15 referido a la transferencia por causa de muerte del arrendatario de los nichos o sepulturas, recibiendo 50 afirmativos y 8 abstenciones (FPP, ).

Desafectación de inmueble en el barrio de Monserrat

El Cuerpo parlamentario de la Ciudad de Buenos Aires aprobó en forma definitiva el despacho Nº 0177/14 emitido por la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria para desafectar del dominio público el inmueble de Carlos Pellegrini Nº 313/317/321/323 y lo declara innecesario para su gestión. Propiciado por el Jefe de Gobierno, Mauricio Macri, el texto consensuado antes tuvo aprobación inicial y fue debatido en Audiencia Pública. Un despacho de minoría del diputado Gustavo Vera (VA) propuso el archivo argumentando que la propiedad del terreno debe ser mantenida por la Ciudad; en el mismo sentido en el recinto se expresó su par Marcelo Ramal (FIT).
El producido de la venta del inmueble será destinado a la construcción de una nueva centralidad administrativa de oficinas del Ministerio de Salud, ubicado en las avenidas Amancio Alcorta 2101 y Vélez Sarsfield 405. Los fundamentos sostienen que permitirá al Poder Ejecutivo reubicar a las dependencias del Ministerio de Salud de manera eficiente y mediante un mecanismo de financiación que no compromete el presupuesto ni aumenta las cargas de los contribuyentes. Y por otro lado, que el traslado de las dependencias se enmarca dentro de las políticas de descentralización de la Ciudad y desarrollo de la zona sur, contribuyendo a descomprimir el microcentro.
El diputado Alejandro García (PRO) destacó la incorporación de dos cláusulas transitorias que se refieren a que “el Poder Ejecutivo remitirá a las paritarias centrales el otorgamiento de un suplemento especial a todos los trabajadores asignados con tareas en el edificio” y que “en el caso de que resulte un excedente económico correspondiente a la enajenación el mismo se destinará a obras de infraestructura escolar en la Comuna 4 – Barracas”.
El 12 de marzo del corriente año en la Audiencia Pública el Subsecretario de Administración del Sistema de Salud expuso sobre distintos aspectos de la ley y la dificultad de tener las actividades del ministerio distribuido en distintos edificios. El objetivo de la enajenación del inmueble donde funciona la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud, y las Direcciones Generales que de la misma dependen es el de afectar el producido de su venta a la construcción de una nueva centralidad administrativa de oficinas del Ministerio de Salud.

La aprobación en segunda lectura que según el art. 82, inc. 4 de la Constitucón local requería 40 votos, recibió 45 positivos, 8 negativos (VA, SUMA+, IP, FIT) y 3 abstenciones (NE).

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