La justicia porteña condenó a un hombre que captaba apuestas de juegos de azar a través de un sitio web

El juez Rodolfo Ariza Clerici, titular del juzgado n.° 1 en lo Penal, Contravencional y de Faltas, condenó a un hombre que utilizó la página web Mil Jugadas para captar apuestas de juegos de azar, sin contar con autorización pertinente, a tres años de prisión -de ejecución condicional- y a abstenerse de operar dicho sitio web. Además, ordenó constituir un fondo de reserva de 200 mil pesos tendiente a reparar los perjuicios de quienes se presenten como afectados por los hechos del proceso.

Según la sentencia, el acusado “utilizó los medios tecnológicos adecuados para captar apuestas provenientes de juegos de azar mediante la plataforma que brinda la página web Mil Jugadas, mediante los enlaces www.miljugadas1.com, www.miljugadas2.com y www.miljugadas55.com, con el fin de organizar, explotar y administrar comercialmente dicha actividad a través de las firmas MilJugadas S.R.L y E-elygra Solutions S.R.L, desde el 9 de marzo de 2017 hasta el 28 de diciembre de 2017, sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad competente”. De esa manera, la maniobra desarrollada prometía “premios en dinero” a los usuarios que realizaran apuestas.

El delito incurrido se encuentra tipificado en el artículo 301 bis del Código Penal, el cual establece que: “Será reprimido con prisión de tres (3) a seis (6) años el que explotare, administrare, operare o de cualquier manera organizare, por sí o a través de terceros, cualquier modalidad o sistema de captación de juegos de azar sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad jurisdiccional competente”.

El magistrado también dispuso que “el condenado deberá fijar residencia y comunicar cualquier cambio a la fiscalía o juzgado, cumplir con las citaciones o requerimientos de la fiscalía o juzgado, dar aviso de salida del territorio nacional y abstenerse de dar operativa a la página de juegos online Mil Jugadas (en cualquiera de sus denominaciones), de manera que no permita a dicha plataforma la visualización y/o captación de apuestas de los usuarios conectados a dispositivos instalados en la Ciudad de Buenos Aires.

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