Rechazan la instalación de un Polo Gastronómico en el Parque Tres de Febrero donde murió Marcela Iglesias

Rechazan la instalación de un Polo Gastronómico en el Parque Tres de Febrero donde murió Marcela Iglesias
Se llevó a cabo un acto de repudio y rechazo a los planes de desarrollar un polo gastronómico en el parque Tres de Febrero en Avenida Infanta Isabel, entre Avenida Del Libertador y Freire en el barrio de Palermo. El acto estuvo encabezado por los padres de Marcela Iglesias y participó la Asociación Amigos del Lago de Palermo. Publicamos una carta de los padres de esta niña fallecida en un accidente provocado por la empresa Panter SRL, la misma firma que ahora encabeza esta iniciativa apoyada por el gobierno de la ciudad y que en esos momentos estaba instalada ilegalmente en el parque Tres de Febrero. Este es el contenido de la carta:

Desnaturalización del Paseo Marcela Brenda Iglesias
Marcela falleció el 5 de febrero de 1996 como consecuencia de la concesión a la empresa Panter SRL de los arcos del bajo-viaducto ferroviario, en el Parque Tres de Febrero.
Sus padres manifestamos nuestro rechazo a la instalación ilegal e ilegitima del Polo Gastronómico así como la ampliación de la concesión del Parque a empresas de cualquier origen, que intenten lucrar enajenando un espacio público.
Además de ser una operación comercial ilegal a todas luces, a pesar de contar con el aval de la Secretaria de Transporte de la Nación y de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad, desnaturaliza el sentido por el que fue creado el Parque 3 de Febrero. Y también el sentido de homenaje de la Legislatura a la creación de la Plaza de la Shoa, y la ley 2366 que designa a las veredas, terrazas y sendero a ambos lados del viaducto con el nombre de nuestra hija.
Esto constituye una afrenta para todos los que venimos denunciando esta situación que determinó la instalación de comercios que no contaban con la habilitación y actuaban sin control del Estado.
Precisamente estas condiciones que revelan un origen corrupto y que contaron con el correlato de la impunidad, constituyen las causas originales que condujeron al fallecimiento de Marcela.
Ampliarle la concesión a Panter SRL es continuar sosteniendo esa situación anormal.

Quince años en busca de Justicia
Desde el fallecimiento de nuestra hija, bregamos permanentemente por llevar al banquillo, a los acusados por el homicidio de Marcela: a la Sra. Diana González de Lowenstein – vinculada económicamente, junto con su marido Mauricio, a la empresa Panter SRL-, a los funcionarios municipales que hicieron la vista gorda y al escultor cuya obra de 270 Kg. se desplomó sobre tres criaturas por defectos de ejecución, falta de mantenimiento y seguridad.
La falta de control estatal permitió que esta empresa usurpara un paseo público al mejor estilo de un “ocupa VIP” tal como lo caracterizó Pagina 12 en su edición del jueves 7 de Julio de 2011.
A pesar de tratarse de un caso elemental, sin complicación alguna, la etapa previa al juicio oral se dilató en el tiempo mediante recursos “non sanctos”.
En el año 2005 mediante el dictado de una nueva una ley se acortaron los plazos de prescripción y la jueza cerró la causa en forma inmediata.
Apelamos a la Corte Suprema y ésta con la sola excepción de su presidente – el juez Lorenzetti- otorgó la prescripción amparándose en el artículo 280 del Código que les permite cerrar una causa arbitrariamente si consideran al caso como “insustancial y carente de trascendencia.”
En el año 2008 reclamamos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por falta de acceso a la justicia.

Al parque lo que es del parque
Siempre pensamos en el Paseo, como un espacio verde donde los niños puedan jugar libremente. Donde las personas puedan pasear. Jamás avalaremos que se transforme el Paseo Marcela Brenda Iglesias en un lugar donde se habiliten espacios privados con carteles luminosos, comercios vendiendo hamburguesas, y esculturas gigantescas para llamar la atención de transeúntes y turistas.
Esto sería una falta de respeto total a la memoria de Marcela.
Una nueva burla de quienes provocaron su muerte temprana y que aun gozan de impunidad.
Nos unimos al justo reclamo de ambientalistas, de la Asociación Amigos del Lago de Palermo y amplios sectores sociales que exigimos que se devuelva AL PARQUE LO QUE ES DEL PARQUE.

Por Nora Ribaudo de Iglesias y Eduardo Rubén Iglesias, padres de Marcela Brenda.

Apuntes de la impunidad
Después de funcionar durante casi veinte (20) años sin habilitación, “Paseo de la Infanta” dejó de existir el 20 de agosto de 2007, al promulgarse la Ley N° 2.366. A partir de ese momento las veredas del ex centro comercial –a ambos lados del viaducto ferroviario- y el arco nº 8, se llaman «Paseo Marcela Brenda Iglesias».
A muchos años de la muerte de la niña de 6 años, al caérsele encima una escultura expuesta sin habilitación ni control por parte de la entonces gobierno porteño, se intenta reflotar el complejo con la concesión extendida hasta 2020 por la Administración de Infraestructura Ferroviaria Sociedad del Estado bajo la denominación «Arcos de Buenos Aires», con la misma empresa que lo explotaba entonces, Panter SRL.
El nuevo “Polo Gastronómico” funcionaría en los arcos que ocupara el Paseo de la Infanta ubicado en Avenida Infanta Isabel, entre Avenida Del Libertador y Freire en el barrio de Palermo. Los locales comerciales que antes funcionaban y el que todavía funciona allí, nunca tuvieron habilitación del Gobierno de la Ciudad, dado que el Código de Planeamiento Urbano (CPU), Ley Nº 449, no admite ningún uso comercial del Parque Tres de Febrero que además es Área de Protección Histórica (APH) donde existe «la expresa prohibición de realizar obras o actividades de carácter permanente o transitoria que por sus características impida la libre circulación, altere su paisaje o constituya fuente de contaminación”.
Por otra parte, en el sector que era utilizado irregularmente como playa de estacionamiento del ex
complejo comercial Paseo de la Infanta, debe cumplirse con la Ley N° 2.728 sancionada el
29 de mayo de 2008 que lo destinó a espacio verde público de uso irrestricto, denominándolo “Plaza de la Shoá”.
A cuatro años de promulgada la ley de creación del Paseo y a tres años de promulgada la ley de creación de la Plaza, las obras en ese sector han comenzado. ¿Cuáles? No las del acondicionamiento del Paseo Marcela Iglesias o las de la Plaza de la Shoá, sino las del complejo comercial.
Si bien el gobierno nacional ha otorgado en concesión el bajo viaducto ferroviario ello no exime de responsabilidad al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene la obligación constitucional de cumplir y hacer cumplir las leyes locales, en este caso, el Código de Planeamiento Urbano -CPU- que regula los usos del suelo en todo el territorio de la ciudad.
En conclusión, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires debe ordenar la inmediata paralización de las obras en cumplimiento de la ley que establece que ese sector es Distrito Urbanización Parque y Área de Protección Histórica, es decir, que sólo se pueden autorizar obras de exclusiva utilidad pública, no admitiéndose ningún uso comercial.
20 agosto 2011
Asociación Amigos del Lago de Palermo

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