Según la iniciativa, el subsidio servirá para solventar costos de materia prima, materiales, gastos corrientes, logísticos y la distribución de ganancia de los socios, en cooperativas con capacidad técnica para hacer barbijos y tapabocas de tela.
“En este contexto de pandemia es vital cuidar los recursos de los porteños y es clave estar cerca de quienes necesitan de la presencia del Estado. Más aún teniendo en cuenta que en este momento el Estado también necesita de la producción de los barbijos. Es indispensable estimular e inyectar trabajo en las cooperativas. Se trata de poner en valor esa fuerza de trabajo y que tanto las cooperativas como el Estado se vean beneficiados por eso”, señaló la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Legislatura porteña.
Según establece la iniciativa, los fondos saldrían de las partidas presupuestarias especiales del Presupuesto 2020 y se ejecutaría en un solo desembolso siendo su ámbito de aplicación el Ministerio de Desarrollo Económico y Producción del GCBA.
En contrapartida, la cooperativa beneficiaria del fondo, deberá poner a disposición del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el 90% del total producido sin costo. Pudiendo comercializar el 10% restante pero, tomando como prioridad, la demanda adicional que el Gobierno de la Ciudad requiera.
“En numerosas zonas de la ciudad, hace varias semanas, se puede constatar la dificultad para conseguir estos insumos. Consideramos que a raíz de la implementación de la obligatoriedad del uso comunitario de barbijos, se deben implementar mecanismos que mejoren la capacidad de cubrir las demandas específicas”, agregó Montenegro.
El total de los productos entregados al Gobierno de la Ciudad deberán ser distribuidos de forma equitativa a la población de la Ciudad. Dando prioridad a sectores de alta vulnerabilidad social, trabajadores y trabajadoras de actividades declaradas esenciales; personas que perciban asistencia social, o de algún otro tipo, del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; hogares monoparentales, población travesti-trans, población de riesgo; estudiantes de todos los niveles y modalidades del sistema educativo y demás poblaciones que determine el órgano de aplicación.